DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 26 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO; SIN LUGAR la APELACIÓN, interpuesta por los ciudadanos AMARILIS AMADA PINO DE MATA y VICENTE ANTONIO MATA GONZALEZ, titulares de la cédula de identidad N° V-11.210.784 y V-8.950.195, respectivamente, asistido por el Abogado en ejercicio HERNÁN TRUJILLO BOADA, Inpreabogado N° 56.096, contra la decisión dictada en fecha 02 de Diciembre de 2009, por el Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado de la recurrida, el Juzgado de los Mun.....