DECISION
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inprocedente la inhibición planteada por el abogado WILLIE NARVAEZ, en la causa Nº YP01-P-2011-001051, por cuanto no existe materia sobre la cual decidir