Revisada y analizada como ha sido la presente Causa, este Tribunal en función de Ejecución de conformidad con lo establecido en el, 176 del Código orgánico procesal Penal, deja expresa constancia que por error involuntario, se agrego resolución de fecha 12 de Mayo en la cual, se declara la libertad plena del penado JEAN CARLOS LOZADA, cedula de identidad personal N° 16.699.749 por lo tanto se deja expresa constancia que dicha Resolución corresponde al asunto, YPO01-P-2005- 002994. En vista que en dicho asunto el penado es el mismo ya plenamente identificado. Se deja expresa constancia que en el presente asunto el penado: JEAN CARLOS LOZADA, ya identificado, ha cumplido hasta la presente fecha de un tiempo privado de su libertad de Cuatro (04) meses y Veintiocho (28) días, restándole por cumplir un tiempo de UN (01) año Siete (07) meses y DOS (02) días, y cumplirá dicha pena el Día ocho (08) De Octubre (10) del año Dos Mil Siete (2007).