En consecuencia y por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera: Primero, Decreta nulas las actuaciones presentadas por la Fiscalia del Ministerio Publico en los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el articulo 654 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el articulo 25 Constitucional y en consecuencia se decreta LIBERTAD PLENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Segundo: Por cuanto existe la presunta comisión de un hecho punible, como es el delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Orgánica sobre sustancias, desechos y mat.....