DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y reservado, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano CARLOS JOSE OLIVARES, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro con fecha de nacimiento 04/11/82, de 29 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción bachiller, hijo de Doris Bermúdez Natera (v) y de José Guillermo Olivares Márquez (v) residenciado en San Rafael Av. Orinoco de Tucupita Estado Delta Amacuro, a cincuenta .....