III
En razón de ello este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, en solicitud de DIVORCIO 185-A, presentado por los ciudadanos JOSEFA DEL CARMEN CASTELLANOS TORREALBA Y PIÑERO LEGGIO OMAR ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 19.443.335 y V-16.453994, números de teléfonos 0414-4047241 y 0414-4006907 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada: CORALIA DEL SOLORZANO GALVIZ. Inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 188.920, y por ello se DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, para lo cual se ordena remitir las presentes actuaciones, una ve.....