En consideración a lo anteriormente expuesto, el Juez siendo el director del proceso, por tratarse de los más altos intereses patrimoniales de la República Bolivariana de Venezuela y en aras de garantizar el derecho de las partes, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso consagrados en los artículos 2, 26, 49 ,257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y del artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, y por disposición del artículo 14 eiusdem, ordena oficiar a la Dirección Ejecutiva Tributaria Municipal de la Alcaldía del Municipio José Félix Rivas del estado Aragua a los fines de que informe a este Juzgado, si está de acuerdo con el desistimiento de la recurrente, se sirva remitir su opinión favorable, asimismo cuando conste en autos la boleta de notificación de la administración tributaria, este juzgado decidirá sobre la solicitud de homologación del desistimiento, y dar por terminada la causa. Líbrese oficio a los fines legales consiguientes. Así s.....