Se admite la totalidad de la acusación presentada por el Representante del Misterio Publico, en contra del ciudadano DANNY DANIEL AULAR GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.094.251, así como se admite la totalidad de las pruebas, de conformidad con los articulo 308 y 313, numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE DROGA EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas. Se condenado pasa en libertad al Tribunal de Ejecución previa revisión de medida y una vez condenado, de conformidad 250 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal.