DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, actuando como Juzgado Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a través del PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano JOSE EDUARDO NAVAS AGREDA, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 07/08/1970, de 45 años de edad, Casado, Profesión u Oficio Cheff, titular de la cédula de identidad Nº V-11.206.796, Teléfono 0414-767.95.47 y 0414-382.86.22, email eduarnavas.70@gmail.com, hijo de Gladis Agreda (V) y José Navas (F), residenciado en el Sector Doña Menca de Leoni, municipio Maturín, parroquia Boquerón.....