Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GUILLERMO JOSÉ RIVAS BERRA, titular de la cédula de identidad N° 21.776.109, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, cometido en perjuicio de JHANNY JHANRLEZKY ARDILA GONZALEZ, al no haberse realizado el hecho investigado, de acuerdo al resultado del examen medico legal practicado a la victima.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.