esta Corte de Apelaciones con competencia múltiple, en lo Civil, Mercantil, de Transito, Agrario, Adolescente y lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY , DECLARA: Primero : Sin lugar, el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano: Abg. DOUGLAS FRANCISCO GUEDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 70099, por extemporáneo, en representación de la ciudadana JOSEFA DE JESUS MORALES Morillo, mayor de edad, de nacionalidad Ecuatoriana, de este domicilio y portadora de la cedula de identidad N° 80.380.969, quien es parte tercera, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario de este Estado, de fecha 01 del mes de febrero de 2005. Segundo: Se revoca la referida decisión y se repone esta hasta que se dicte el auto para abrir el lapso probatorio, de conformidad con el artículo 546 de.....