Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano CULLEY ALLENG WINSTON SIMON, venezolano, natural de Trinidad, de 35 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: Artes Gráficas, residenciado en Urbanización Hacienda del Medio, vereda 40, casa Nro. 02, Tucupita, estado Delta Amacuro, identificado con la cédula de identidad Nro. V-4.934.329, respecto del hecho suscitado en fecha veinticuatro (24) de Febrero del año mil novecientos noventa y ocho (1998); de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 11, 24, 108 numeral 3, numeral 8° del artículo .....