Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- ACUERDA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, DESTACAMENTO DE TRABAJO, a la penada YESSICA YOSELIN BERIA antes identificada, al reunir de manera concurrente las exigencias del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy 488 del nuevo Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Líbrese oficio anexo la correspondiente Boleta de Pre libertad a nombre de la penada YESSICA YOSELIN BERIA, quién se encuentra detenida en el Comando de la Policía del Estado indicándole que debe presentarse a la brevedad posible, por ante el Tribunal de Ejecución a los fines de ser impuesta de las condiciones que debe cumplir. Asimismo remítase boleta a la presidencia de e.....