DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Niega el Cese y Sustitución de la medida cautelar de Prisión Preventiva, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dictada al adolescente identidad omitida, a quien se le sigue el juicio oral y reservado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio del adolescente identidad omitida, por lo que deberá permanecer recluido en la Entidad de atención varones de Tucupita a la orden de este tribunal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese déjese copia certificada. Cúmpl.....