En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE a los ciudadanos: TOMAS BERIA Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. V-24.852.690, domiciliado en Janocoao, Municipio Antonio Díaz, de 23 años de edad, venezolano, estado civil soltero, natural de Janocoao, Municipio Antonio Díaz, grado de instrucción no sabe leer ni escribir, hijo de CANUTA BERIA (F) y JUAN BERIA (F), y RODRIGO BERIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. V-25.125.756, domiciliado en Janocoao, de 60 años de edad, venezolano, estado civil soltero, natural de Janocoa, grado de instrucción no sabe leer ni escribir, hijo de CARMEN BERIA (V) y JUAN FLORES (V). SEGUNDO: Se ABSUELVE a los ciudadanos: TOMAS BERIA y RODRIGO BERIA, de la comis.....