DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la devolución del vehículo distinguido con las siguientes características marca TOYOTA, placas: FAG15B,Clase: Automóvil, Modelo: CAMRY AUTOMATIC, Tipo: Sedan, Uso: Particular, año: 1997, color: verde, serial de carrocería JT153XV20000070293, serial del motor: 1157098, servicio: privado, capacidad: cinco puestos, que fuera solicitado por el ciudadano GONZALO MORENO, venezolano, natural de Tucupita, estado delta Amacuro, donde nació en fecha 24/08/1962, de 49 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, residenciado en .....