Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JUAN JOSE ALCALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V.-11.212.673 contra la empresa GRUPO ACOSTA MARINE SERVICES C.A., por motivo de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.-----------------------------
SEGUNDO: Se condena a la empresa GRUPO ACOSTA Y ASOCIADOS MARINE SERVICES C.A al pago de la cantidad de NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS BOLÍVARES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs.9.223, 25) al ciudadano JUAN JOSE ALCALA por concepto de antigüedad legal.------------------------------------------------
TERCERO No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de las partes de conformidad .....