CAPITULO III
D I S P O S I T I V A
En derivación, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: Admite la acusación presentada por la representación fiscal y las pruebas presentadas y declara culpable al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de esta localidad, de 16 años de edad, nacido en fecha 02 de Enero de 1.992, residenciado en el Barrio La Esperanza, Sector El Muro de esta ciudad, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No. V-XXXX; hijo de Reyes Del Jesús Marcano Rojas (v) y Maribel Josefina Codrignton (f), por ser responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º del Códig.....