DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano AQUILINO GREGORIO GARCÍA FERMÍN, venezolano de 50 años de edad, titular de de la Cédula de Identidad Nro. 8.548.472, residenciado en la Comunidad de Palo Blanco, Vía Principal, casa S/N, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, quien fue procesado por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LUGO MORALES JEÚS YELITIZI; todo ello con fundamento en los artículos 30, parte in fine y 257 Constitucionales, en concordanc.....