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Decisiones del dia 18/06/2024

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-E-L-2024-000045 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2024
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
YONNI RODRIGUEZ VS TRANSPORTE N.G, C.A., Y SOLIDARIAMENTE ADUANERA HABACUC, C.A., Y A LOS CIUDADANOS GILBERT LUIS DIAZ BASTARDO Y NAUDY MARTINEZ,
Resumen:
Es por lo que este Juzgador debe salvaguardar el debido proceso de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, a objeto de salvaguardar posible atentado contra el orden público, que en tal sentido afecte el debido proceso, garantías constitucionales, que vayan igual contra principios eficaces de las leyes procesales, quien juzga, declara "IMPROCEDENTE" por ser dicha renuncia del procedimiento de notificación contraria a la ley y al orden publico laboral. Recordando al solicitante, que toda acción o convenio que implique renuncia o menoscabo del procedimiento laboral es nulo. Que solo es posible la transacción, convenimiento o desistimiento del procedimiento o la acción, previo requisitos exigido en la ley.
Juez/Ponente:
Daniel Andres García Gomez
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-E-L-2024-000054 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2024
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
DARWIN GABRIEL FIGUEREDO CORDERO VS TRANSPORTE N.G, C.A., Y SOLIDARIAMENTE ADUANERA HABACUC, C.A., Y A LOS CIUDADANOS GILBERT LUIS DIAZ BASTARDO Y NAUDY MARTINEZ
Resumen:
Es por lo que este Juzgador debe salvaguardar el debido proceso de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, a objeto de salvaguardar posible atentado contra el orden público, que en tal sentido afecte el debido proceso, garantías constitucionales, que vayan igual contra principios eficaces de las leyes procesales, quien juzga, declara "IMPROCEDENTE" por ser dicha renuncia del procedimiento de notificación contraria a la ley y al orden publico laboral. Recordando al solicitante, que toda acción o convenio que implique renuncia o menoscabo del procedimiento laboral es nulo. Que solo es posible la transacción, convenimiento o desistimiento del procedimiento o la acción, previo requisitos exigido en la ley. Así se establece.
Juez/Ponente:
Daniel Andres García Gomez
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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