este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de EXTINCIÒN DE LA OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, interpuesta por el ciudadano CARLOS ENRIQUE LOPEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.866.822, en contra del ciudadano CARLOS ENRIQUE LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.926.510. En consecuencia, se EXTINGUE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del ciudadano CARLOS ENRIQUE LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.926.510. SEGUNDO: Librar oficio a la Dirección Administrativa Regional del Estado Bolivariano Delta Amacuro (DAR), con la finalidad de que DEJEN SIN EFECTO todas y cada una de las retenciones q.....