DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Acuerda SUSPENDER el DEBATE ORAL Y PRIVADO de conformidad con el artículo 335 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 336 y 337 ejusdem, correspondiente a la causa seguida en contra de los ciudadanos identidad omitida, venezolano, de 17 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad V- xxxx, nacido en fecha 11-04-90, desempeña como obrero en una bloqueria, residenciado en el sector del Muro #1, cerca de la Esperanza, hijo de josefina Díaz y José Yiste Díaz, por estar presuntamente incurso en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MO.....