este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente querella funcionarial, interpuesta por la abogada en ejercicio SOLANGEL DEL VALLE MERIDA PEREZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 133.763, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano PEDRO MANUEL APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.270.216, quienes interponen Querella Funcionarial, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DEL CUERPO DE LA POLICIA DEL MUNICIPIO TINAQUILLO DEL ESTADO COJEDES.