Este tribunal Primero de primera Instancia en función de Control de la sección de responsabilidad penal del adolescente del Circuito Judicial penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la ciudadana Fiscal Auxiliar 5° del Ministerio Público: Abg. Mariana Jiménez, así como la calificación de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 277 Y 218 todos estos artículos contenidos en la norma sustantiva penal vigente. De igual manera se admite las pruebas ofrecidas por la representante de la Vindicta Pública y por la defensa privada, las cuales son lícitas, legales y pertinentes. SEGUNDO: Una vez admitida la acusación se impone al acusado de las medidas alternativas a la prosecución del proceso como es el artículo 40, 41 y.....