DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida Privativa de Libertad de la Defensa y en consecuencia, se sustituye la Medida Privativa de libertad, de los acusados JORGE LUIS LARA, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 01-01-1995 de 20 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Evelyn Lara (v) y de pare desconocido, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Cocuina, calle principal, casa S/N, de color azul a siete casas del comando de la guardia, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.118.318, teléfono de contacto 0414-0944832 y LESNER ALEJANDRO RODRIGUEZ SALAZAR, Venezolano, natural de T.....