DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante N°- 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por el acusado SERGIO GUILLERMO VERA MENDOZA, suficientemente identificado y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad en su contra. SE NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al acusado SERGIO GUILLERMO VERA MENDOZA, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad, dictada en fecha 10 de Noviembre de 2014; todo de conformidad con lo pautado en los artículos 236 y 237 del Código .....