DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la pretensión intentada por Ciudadano ELVYS ARBELAEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil, cédula de identidad Nº 8.950.985, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.918, teléfono 0414-8799556, actuando en nombre y representación del ciudadano MAXIMILANO MARTINEZ BARRIOS, conforme a lo establecido en el numeral 1 del artículo 18 de la Ley Orgánica de amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, asi como a la disposición establecida en el artículo 150 de la norma adjetiva civil y al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia Nº 773 de fecha 21 de Julio d.....