en consecuencia se ordena corregir la foliatura. De igualmente corríjase el error involuntario cometido en la recepción del escrito de contestación de la demanda cursante al folio cuarenta y ocho (48) de la pieza Nº 01, en la cual se asentó la fecha de recibido como 26/22/2002, siendo lo correcto 26/11/2007, en consecuencia este Tribunal ordena a la ciudadana Secretaria Temporal de este Juzgado María Encarnación Sarabia, para que estampe la debida corrección en dicho escrito de contestación de la demanda. Cúmplase.-