Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara extinguida la acción penal respecto de la acusación interpuesta en fecha treinta y uno (31) de Octubre de dos mil uno (2.001) por la ciudadana Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en contra el ciudadano CECILIO WELLS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-13.388.458 y residenciado en Barrio El Cedro, detrás del cementerio viejo, Tucupita; por la presunta comisión del delito de Acto carnal, previsto y sancionado en el artículo 379 Código Penal derogado, en perjuicio de ISANELA JOANA WELLS RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° V- 19.141.482 y con residencia en Barrio el Cedro, detrás del cementerio vieja, Tucupita; de conformidad con .....