DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Ejecución. Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA: PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA DEL PRESENTE ASUNTO A UN TRIBUNAL DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTE DEL ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 614, 630 literal "a" , 631 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente y artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que se prosiga con el debido proceso y vigile el cumplimiento de las sanciones impuestas al sancionado IDENTIDAD OMITIDA
SEGUNDO: El joven debe cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, contemplada en el articulo 626 en relación con el articulo 620 literal "b" eiusdem, por el plazo de un (1) año; REGLAS DE CONDUCTA, contemplada en el articul.....