DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se impone al ciudadano SAMUEL ENRIQUE LÓPEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 14.487.557, medidas cautelares de las contempladas en los ordinales 5 y 9 del artículo 39 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, consistentes en: la prohibición de acercamiento del investigado a la victima y el deber de acudir tanto la victima como el investigado por ante el Servicio de Psiquiatría del Hospital Luis Razzetti de esta Ciudad.
Regístrese, diarícese, líbrense los oficios y déjese copia certificada