Por lo antes expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO ACCIDENTAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, según los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 12, 14, 15, 22, 332, 365, 367, del Código Orgánico Procesal Penal emite los siguientes pronunciamientos: Primero: CONDENA al ciudadano RAUNIL JOSÉ SALAZAR PINO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.863.360, de este domicilio a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, pena que le impone este Tribunal por las circunstancias antes señaladas, contempladas en el Código Penal, por considerar este Tribunal que se encuentra incurso como Autor del Delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, contemplado en el Artículos 417 del Código Penal antes de la reforma en perjuicio del ciudadano JAIRO JOS.....