Este Tribunal por Autoridad de la Ley, DECRETA: Responsables penalmente al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA); y se le impone las sanciones de: LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 620, literal "d", en concordancia con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, para ser cumplida en un organismo competente de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui, en virtud de que el precitado joven adulto, presentó para ser agregada a los autos, copia fotostática de planilla de inscripción y pago del Instituto Universitario de Tecnología de Administración Industrial, sede Anaco, la cual fue confrontada con su original respectivo, donde cursa estudios superiores; a los fines legales consiguientes, el Tribunal, determinará posteriormente el organismo, previa consulta con la Seccional Tucupita del Instituto Nacional del Menor y REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 620, literal "b", en concordancia con el artículo 624 ejusdem, consistente en: 1.- Residir .....