este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y por ser contraria a la ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Divorcio 185-A presentada por los ciudadanos LUIS EVENCIO FARIAS MILLER y LILIANA DEL VALLE CARVAJAL DE FARIAS, identificados plenamente. Regístrese y Publíquese.