PRIMERO: 1) SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abg. ROMELY MALPICA, Fiscal Segunda del Ministerio Público, por violación al debido proceso. En consecuencia, SE ANULA la Sentencia Definitiva dictada en fecha 02 de Febrero de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Itinerante 2 del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, cuyo texto integro fue publicado en fecha 01 de Marzo de 2017, mediante la cual se CONDENA, al ciudadano ENDIS RAFAEL MEDINA MIRABAL, titular de la cédula de identidad Nº-. 19.859.494, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por ser culpable y responsable de la comisión de los delitos de COMPLICE NO NECESARIO de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero, del Código Penal, AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 Ejusdem, HOMICIDIO I.....