Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme con los artículos 2, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: Se SUSPENDE la continuación de la ejecución de la presente causa de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, signada con el Nº 9404-2021, hasta que se decida primero la acción penal, y así se decide.
SEGUNDO: Se SUSPENDE el procedimiento de Cobro de Honorarios Profesionales Judiciales derivados de Costas Procesales en la presente causa de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, signada con el Nº 9404-2021, hasta que se decida primero la acción penal, y así se decide.
TERCERO: Se acuerda oficiar al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima.....