Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: La aplicación del Procedimiento especial previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánico Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines del total esclarecimiento de los hechos SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Publico en cuanto a la solicitud de la Medida de Protección a favor de la victima de conformidad con lo establecido en el artículo 87 numerales 3º, 5º y 6º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, como es la salida inmediata del hogar común, la prohibición de acercarse a la victima y prohibición por sí o por terceras personas de realizar actos de persecución a la victima. De igual forma se decreta a favor del ciudadano MARQ.....