Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
1.- Se declara CON LUGAR el examen y revisión de medida de coerción personal, solicitado por el abogado Emeterio Rangel Quintero a favor del imputado EDWAR EL NEMER EL BAYEH y en tal sentido, visto el critico estado de salud que acompaña al imputado se le cambia el sitio de reclusión, debiendo a partir de la presente fecha, permanecer detenido en su propio domicilio con apostamiento policial, ello de conformidad con lo pautado en los artículos 256 numerales 1° y 4°, así como el artículo 264 ejusdem.
2.- Líbrese el correspondiente oficio al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública, con boleta de excarcelación, con el expreso señalamiento que el imputado arriba nombrado, deberá permanecer detenido en su propio domi.....