En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, esta Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de GUARDA intentada por el Ciudadano DAVID ANANIAS FARIAS AMARISTA, en contra de la Ciudadana MILAGROS DEL CARMEN HEREDIA CARREÑO, en beneficio de sus hijos los niños (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA)