DISPOSITIVA. Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por el Defensor Privada ABG. WILMA HERNANDEZ, de conformidad con lo señalado en los artículos 26, 49 Constitucionales en relación con los artículos 8,9,12, 250,264, ejerciendo en este acto el control judicial y declarar con lugar a favor de: RAMLUIS JOSE ZARAGOZA BERMUDEZ, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de la establecida en el artículo 242 numeral 3ª y 6º de lo texto adjetivo penal, consistente en presentaciones cada TREINTA (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la prohibición de acercarse al lugar de trabajo y residencias de los testigos y expertos de .....