´este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, intentada por el ciudadano WOLFAN GREGORIO ROJAS RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.859.901; en contra de la ciudadana DOETZI EDNIL SARABIA AGUILERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.074.516; en beneficio del niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65, de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, de siete (07) años de edad. En consecuencia. PRIMERO: Se dicta la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN de COLOCACIÓN FAMILIAR al niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65, de .....