DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuesto, este tribunal Único de primera instancia en función de ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO DECLARA PROCEDENTE, la solicitud interpuesta por el Consejo de Evaluación del Centro de Residencia Supervisada "CESAR AUGUSTO DOMMAR", al penado JOSE RAMÓN CAZARES PÉREZ, de permiso extraordinario de supervisión especial, en virtud de la progresividad alcanzada a lo largo del cumplimiento de la pena impuesta y a fin de dar cumplimiento a los fines de la Ley de Régimen Penitenciario, el Reglamento Interno del Centro de Residencia Supervisada "Francisco de Miranda", en atención con el contenido de los artículos 69, 471 todos del Código Orgánico Procesal Penal y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Diaricese, notifíquese a las pa.....