Ante tal clima de incertidumbre, dudas y firmeza en cuanto a la contundencia de la víctima reconocedor es imperioso y justo el que este Tribunal Tercero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención a los artículos 2 y 3 Constitucionales; los Principios Constitucionales de Libertad y Presunción de Inocencia, contenidos en los artículos 44 y 49.2 Constitucionales y los artículos 1, 6, 8, 9, 10, 264 y 256 cardinales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal:
1.- Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano José Antonio Flores Martínez venezolano de 23 años de edad nacido en fecha 27-07-1.986, nacido en Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº 17.055.097, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Delta Ven calle principal, casa sin numero, hijo de Milagros Martínez (v) de de José Flores, quien deberá presentarse cada quince (15) d.....