DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera instancia en función de Control, con fundamento en los artículos 44.1 y 83 Constitucional y artículos 8, 9 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, sustituye de oficio, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que recae sobre el imputado LUIS RAMÓN VILLARROEL MARCANO, venezolano, natural de la Isla de Margarita, donde nació el 27-11-41 de 71 años de edad, de estado civil Casado, Hijo de Lorenzo Villarroel y Sira de Villarroel ambos fallecidos de profesión u oficio Marino Mercante, residenciado en Juan Griego, sector Pedregales, calle Colinas de Pulda, quinta Yalitza número 777, Isla de Margarita, Estado Nueva Esparta, teléfono 0295-2531532; por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de las establecidas en el artículo 256, ordinal 3°, consistente en un régimen de presentación periódica cada 20 días ante la Oficina de Alg.....