DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda librar inmediatamente oficio dirigido al Centro de Retención y Resguardo Guasina, anexándole Boleta de Excarcelación a fin de que se deje en libertad al ciudadano MIGUEL EDUARDO FLORES ORIJUELA, titular de la cédula de identidad personal número V-12.669.967. Igualmente un oficio al CICPC, a los fines de que EXCLUYA del sistema de personas solicitadas al mencionado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 44 constitucional, por cuanto no pesa orden de aprehensión en su contra. Cúmplase.
El juez
Abg. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON.
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA MARQUEZ