DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda revocar la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el Ordinal 8° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado: EUCLIDES MARCELINO ROJAS, titular de la cédula de identidad No. 16.853.720, quienes esta debidamente asistidos por el Defensor Público DR. EMETERIO RANGE, manteniéndose las medidas contenida en los ordinal 3° y 6 del Artículo 256 del Código in comento, referidas a la presentación periódica por ante este Tribunal y la prohibición de comunicarse y acercarse a la residencia de la víctima ciudadana: Benedita del Carmen Tablante; acordándose su inmediata libertad.
Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
LA .....