ESTE TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Se decrete la evaluación para la Redención de la pena por el trabajo o el estudio al penado:, RUBEN DARIO FIGUERA, titular de la cédula de identidad Nº 11.338.022, podrá solicitar la formula alternativa de cumplimiento TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO CARCELARIO (Destacamento de Trabajo); cuando haya cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir en fecha. 25-11-2012, de conformidad con el artículos 479 ordinal 1°, 500 del Código Orgánico Procesal Penal., en armonía con los articulo 1,2,3,4,14 y siguiendo el principio de progresividad establecido en el articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela,.OFÍCIESE AL DIERCETOR DEL RECINTO CARCELARIO JUDICIAL DE ORIENTE LA PICA. A LA JUNTA REDEN.....