Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: LA CONFESION FICTA en la presente causa. SEGUNDO: CON LUGAR la presente ACCION DE DESLINDE JUDICIAL interpuesta por el ciudadano EMIL JOSÉ MARTÍNEZ BECERRA, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL MENDOZA. TERCERO: se ordena el levantamiento de las cercas perimetrales teniendo un diámetro de la primera de 397.14 metros con las coordenadas P1 E/604303 N/1003925, P2 E/604366 N/1003644, P3 E/604412 N/1003545 en el predio denominado "LA MARTINERA" unidad productiva del ciudadano Emil José Martínez Becerra,