IV
DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de ACCION MERODECLARATIVA presentada por el ciudadano CARMELO JESUS VILLEGAS MAESTRE, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-8.936.556, domiciliado en Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, asistido por el Abogado en ejercicio JUAN CARLOS LEAL MATOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.177, domiciliado en Ciudad Guayana, Estado Bolívar, aquí de transito, contra la ciudadana RITZOLY JOSEFINA JIMENEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.516.142, domiciliada en el Asentamiento Campesino El Triunfo, Municipio Casacoima del Estado Delta Amacu.....