En mérito al análisis anteriormente hecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la demanda de Obligación Alimentaria (Obligación De Manutención), incoada por la Ciudadana Iginia del Carmen Torres Aguilera, a favor de su hija, la adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 12 años de edad, en contra del Ciudadano Franklin Galvani Abreu Landaeta, plenamente identificados en autos.
Segundo: Se revisan los montos por concepto de obligación de manutención fijado en sentencia de fecha 26-09-2003, por la extinta Sala de Juicio Nro. 2 del entonces Tribunal .....